de 1940
Cuba
El 10 de octubre de 1940 entró en vigor una nueva Constitución cubana, firmada meses antes, el 5 de julio, en la histórica Guáimaro. Entre sus páginas, por primera vez, el trabajo dejó de ser un asunto que se arreglaba entre patrón y obrero puerta adentro, y pasó a ser un derecho escrito y exigible.
El país que llegó a 1940
Cuba llegaba a esa fecha después de una década dura. La Gran Depresión hundió el precio del azúcar, del que dependía casi toda la economía. La corriente migratoria que había alimentado la fuerza laboral desde finales del siglo XIX se había cerrado. Y entre 1930 y 1933 el país vivió una revolución que tumbó al gobierno de Gerardo Machado y dejó al Estado bajo presión de un movimiento obrero cada vez más organizado.
Esa organización no era nueva. Desde 1890 los talleres, los cocheros, los cigarreros, los panaderos y otros gremios venían en huelga por mejores condiciones. Para finales de los años treinta, ese movimiento ya tenía estructura nacional: en 1938 se celebró el Primer Congreso Provincial de Trabajadores de La Habana, y en 1939 nació la Confederación de Trabajadores de Cuba.
Una asamblea que se transmitía por radio
La Convención Constituyente se reunió entre 1939 y 1940 con delegados de posiciones muy distintas: liberales, comunistas, auténticos y representantes del gobierno de Fulgencio Batista, que entonces gobernaba dentro de una coalición con apoyo de las fuerzas obreras. Las sesiones se transmitían por radio a todo el país, así que cada debate era también un acto público.
El resultado fue un pacto: el Estado se comprometía a intervenir en la economía y a proteger al trabajador, y a cambio se mantenían las bases del sistema económico existente. No fue una revolución en el papel, fue una negociación que quedó por escrito.
Qué quedó garantizado
Los artículos 61 al 72 de la Constitución de 1940 fijaron, entre otras cosas:
- Jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y cuatro semanales.
- Salario mínimo y prohibición de embargar el sueldo del trabajador.
- Igualdad salarial sin distinción de sexo ni de estado civil.
- Derecho a la huelga y, para el patrón, al paro, regulados por ley.
- Contratos colectivos de trabajo con carácter obligatorio (art. 72).
- Estabilidad laboral: ningún despido sin expediente que probara la causa.
- Descanso retribuido, pago de días festivos y licencia de maternidad.
- Prohibición del trabajo a menores de catorce años.
- Libre sindicalización, sin posibilidad de disolver un sindicato sin sentencia judicial firme.
Por primera vez, el convenio que un sindicato firmaba con una empresa tenía la misma fuerza que una ley.
Para qué se hizo
El objetivo era simple de explicar aunque difícil de lograr: sacar al trabajador de la negociación desigual, caso por caso, con su patrón, y ponerlo bajo la protección de un texto que ningún gobierno ni empresa podía ignorar sin violar la ley. El artículo 72 fue clave en esto: le dio rango constitucional a los convenios colectivos, así que un acuerdo firmado por un sindicato dejó de depender de la buena voluntad del empresario para cumplirse.
Por qué sigue teniendo vigencia
La Constitución de 1940 fue considerada, en su momento, una de las más avanzadas de América Latina en materia social. El texto quedó suspendido en 1952, tras el golpe de Estado de Fulgencio Batista, y fue formalmente sustituido primero por la Ley Fundamental de 1959 y más tarde por la Constitución socialista de 1976. Aun así, buena parte de su lógica laboral —el contrato individual, el convenio colectivo, la protección frente al despido— siguió sirviendo de base para la codificación laboral cubana posterior, incluido el Código de Trabajo de 1984.
Para quien hoy vive fuera de Cuba, conocer este texto no es un ejercicio de nostalgia: es entender de dónde vienen ideas que hoy se dan por sentadas en muchos países —jornada limitada, salario mínimo, protección a la maternidad— y que en Cuba se pelearon y se escribieron primero en 1940.